Guía de Servicios de Inversión

Introducción

La presente guía describe los servicios de inversión que Veletta Asesor en Inversiones Independiente S.A. de C.V., (“Veletta”) ofrece a sus clientes, según lo establecido en las “Disposiciones de carácter general aplicables a las entidades financieras y demás personas que proporcionen servicios de Inversión”, emitidas por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público a través de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (la “CNBV”).

La Comisión supervisa exclusivamente la prestación de servicios de administración de cartera de valores cuando se tomen decisiones de inversión a nombre y por cuenta de terceros, así como los servicios consistentes en otorgar asesoría de inversión en Valores, análisis y emisión de recomendaciones de inversión de manera individualizada, por lo que carece de atribuciones para supervisar o regular cualquier otro servicio que proporcionen los Asesores en inversiones.

Veletta al tener la figura de asesor en inversiones según lo dispuesto en el Título VII de la Ley del Mercado de Valores, y dentro de su objeto social se encuentra el proporcionar, de manera habitual y profesional, servicios de administración de cartera de valores, tomando decisiones de inversión a nombre y por cuenta de sus clientes, sin ser un intermediario del mercado de valores, para lo cual obtuvo su inscripción en el Registro Público de Asesores en Inversiones que lleva la CNBV con fecha 26 de noviembre de 2019, bajo el folio 30135.

La inscripción en el registro de Asesores en inversiones que lleva la Comisión en términos de la Ley del Mercado de Valores, no implica el apego de los Asesores en inversiones a las disposiciones aplicables en los servicios prestados, ni la exactitud o veracidad de la información proporcionada.

Servicios de inversión que se ofrecen

Gestión de Inversiones

El servicio de Gestión de Inversión se ajusta en todo momento a la política de diversificación de carteras de inversión, en función de los perfiles de inversión determinados que refieren en el Artículo 5 de las Disposiciones de Carácter General aplicables a las entidades financieras y demás personas que proporcionan Servicios de Inversión. Realizando de manera discrecional la toma de decisiones de Inversión por cuenta del cliente tomando en consideración el Marco General de Actuación acorde a los objetivos y el Perfil de Inversión de nuestros Clientes.

Asesoría de Inversiones

El servicio de Asesoría en Inversión proporcionado objetivamente por parte de Veletta, de manera oral o escrita, recomendaciones o consejos personalizados o individualizados a un cliente, que le sugieran la toma de decisiones de inversión sobre uno o más productos financieros, lo cual puede realizarse a solicitud de dicho cliente.

Instrumentos de inversión que se ofrecen

El Área de Análisis y Estrategia de Veletta analiza y autoriza los valores, instrumentos financieros derivados, estrategias de inversión o composición de la cartera de inversión; observando el riesgo, liquidez, volatilidad, objetivo y especificaciones de los valores.

Entre los valores e instrumentos financieros derivados en los cuales podrán invertir nuestros Clientes, de conformidad con la política de diversificación de cartera y al perfilamiento del Cliente, se encuentran los siguientes:

Lista de instrumentos:

  1. Fondos de Inversión de Deuda: conjunto de bonos y valores del mercado de dinero

  2. Deuda Gubernamental: emitidas y avaladas por el gobierno federal

  3. Deuda Bancaria: emitidas por bancos nacionales o extranjeros

  4. Deuda Corporativa: emitidas por empresas privadas siendo respaldadas por sus

    activos

  5. Fondos de Inversión de Renta Variable: conjunto de acciones, ETFs, y ciertos bonos

  6. Acciones: parte proporcional de una emisora nacional e internacional (SIC)

  7. Notas Estructuradas: conjunto de instrumentos diseñada en función de riesgo sobre rendimiento (incluye productos derivados)

  8. Exchange Traded Funds (ETF’S): conjunto de acciones emisoras de cierto seguimiento

  9. Productos Derivados: valor a base de la evolución de otro activo

  10. Fibras: fideicomisos de bienes raíces

Elementos para determinar el perfil del producto financiero en comercialización o promoción

Las Entidades financieras al perfilar los Valores o Instrumentos financieros derivados, al amparo de Comercialización o promoción deberán realizar un análisis razonable, que incluya como mínimo, lo siguiente:

  1. Las características del Valor o Instrumento financiero derivado;

  2. El plazo que se estima adecuado para que el cliente mantenga su inversión;

  3. En su caso, su liquidez y la existencia de un mercado secundario;

  4. Las comisiones y compensaciones que deberán pagarse, y

  5. Los riesgos asociados.

Adicionalmente, en caso de hacer referencia al desempeño histórico de algún Valor, deberán señalar si se tomaron en consideración los costos. Asimismo, se debe precisar que el rendimiento se calcula una vez descontados los gastos por intermediación y otros costos en los que haya incurrido el cliente durante el periodo correspondiente y no con base en estimaciones; finalmente, se deberá advertir claramente que los rendimientos pasados no garantizan el desempeño futuro.

Comisiones

Veletta cuenta con tres maneras para determinar la remuneración, las cuales excluirán cualquier conflicto de interés establecido en este Manual y Anexos:

    • Comisión por Transacción

    • Comisión por Manejo de Cuenta

    • Comisión por Rendimiento Anual

a. Comisión por Transacción

La comisión por transacción en la compra o venta de acciones se aplicará únicamente, si el Asesor consigue una tasa de comisión menor a la máxima por operación a la establecida por la institución financiera que custodie la cuenta, ya sea por volumen de acciones o contrato con la institución financiera. Veletta cobrará de manera mensual el diferencial de tasas obtenida. Girando una carta a la institución financiera para su cobro dentro de los siguientes 20 días naturales.

b. Comisión de Manejo de Cuenta

Comisión del 0.5% al 2.0% anualizado, sobre el saldo promedio diario al cierre de los días que componen al trimestre. Girando una carta a la institución financiera para su cobro dentro de los siguientes 20 días naturales.

c. Comisión por Rendimiento Anual

Posterior al cobro de las comisiones anteriores, la comisión por rendimiento anual se determinará al cierre del 31 de diciembre de cada año, de acuerdo a la siguiente tabla:

Veletta tabla comisiones

La comisión se calculará de la siguiente manera:

  • El rendimiento anualizado obtenido sobre el porcentaje determinado en el perfil del inversionista de renta variable,

  • más el rendimiento anualizado obtenido sobre el porcentaje determinado en el perfil del inversionista de renta fija,

  • menos la multiplicación de el promedio anual semanal de CETES 28 por la parte proporcional de inversión en renta fija determinada en el perfil del inversionista,

  • entre el monto de inversión anual promedio de la parte proporcional de renta variable establecido en el perfil del inversionista.

  • El porcentaje de comisión por rendimiento sobre utilidades se obtendrá con el porcentaje obtenido en los pasos anteriores, menos el benchmark.

  • Con el dato anterior, encontrar el rango que corresponda para determinar el porcentaje de comisión por rendimiento sobre las utilidades y,

  • Multiplicar por la suma del rendimiento anualizado de renta variable mas el excedente de rendimiento de renta fija.

  • Girando una carta a la institución financiera para su cobro dentro de los siguientes 20 días naturales posteriores al cierre del 31 de diciembre de cada año.

Recepción de reclamaciones

Las reclamaciones y quejas que tengan los clientes deberán presentarse por escrito; podrá hacerlo directamente en la oficina de Veletta, en días y horas hábiles, de las 8:00 a las 17:00 horas, o mandarla al siguiente correo electrónico: contacto@veletta.mx. Las cuales serán atendidas por el Área de Cumplimiento.

Veletta cuenta con tres maneras para determinar la remuneración, las cuales excluirán cualquier conflicto de interés establecido en este Manual y Anexos:

    • Comisión por Transacción

    • Comisión por Manejo de Cuenta

    • Comisión por Rendimiento Anual

a. Comisión por Transacción

La comisión por transacción en la compra o venta de acciones se aplicará únicamente, si el Asesor consigue una tasa de comisión menor a la máxima por operación a la establecida por la institución financiera que custodie la cuenta, ya sea por volumen de acciones o contrato con la institución financiera. Veletta cobrará de manera mensual el diferencial de tasas obtenida. Girando una carta a la institución financiera para su cobro dentro de los siguientes 20 días naturales.

b. Comisión de Manejo de Cuenta

Comisión del 0.5% al 2.0% anualizado, sobre el saldo promedio diario al cierre de los días que componen al trimestre. Girando una carta a la institución financiera para su cobro dentro de los siguientes 20 días naturales.

c. Comisión por Rendimiento Anual

Posterior al cobro de las comisiones anteriores, la comisión por rendimiento anual se determinará al cierre del 31 de diciembre de cada año, de acuerdo a la siguiente tabla:

Conflicto de interés

Los Asesores en inversiones deberán incluir en dichas políticas y lineamientos al menos los elementos que se señalan en el Apartado A, fracción II del Anexo 13 de las presentes disposiciones.

    1. Veletta, únicamente proporciona servicios de asesoría y gestión de inversiones, por lo que no cuenta con conflictos de interés con otros servicios.
    2. El tratamiento que se proporcionará a todo Cliente será igual.
    3. En el supuesto caso que Veletta, cuando exista cualquier otro potencial conflicto de interés que por la naturaleza de sus operaciones no hubieren identificado, informara a sus Clientes de manera inmediata la existencia de dicho potencial conflicto de interés, señalándoles expresamente en qué consiste, así como los mecanismos para su gestión.

  1. Veletta, para supervisar el flujo de información verbal y escrito entre las áreas de negocio con cualquier otra que pudiera implicar un conflicto de interés, designara al Oficial de Cumplimiento para que participe como oyente, o recipiente por escrito, de las diferentes áreas que se enfoquen en la propia revisión de los servicios de inversión.
  2. Veletta para evitar cualquier conflicto de interés, prohíbe actos de presión, persuasión o transmisión de información confidencial del personal que labore en las diferentes áreas que se enfoquen en la propia revisión de los servicios de inversión, o que pudiera implicar un conflicto de interés, respecto de las actividades de las personas que laboren en las áreas encargadas de proporcionar Servicios de Inversión y sus Clientes.
  3. Para impedir o controlar el intercambio de información entre Directivos y Empleados toda comunicación entre Directivos y Empleados de Veletta será copiada al Oficial de Cumplimiento.
  4. La persona responsable de autorizar las operaciones por cuenta propia de Veletta será el Director General. Dicho funcionario deberá abstenerse de compartir la información relativa a la estrategia de inversión y los valores que conforman la posición propia, con el personal adscrito a la Dirección de Promoción.
  5. A los empleados de Veletta que proporcionen los servicios de inversión, les estará prohibido aceptar beneficios económicos o de cualquier otra índole, de personas que tengan un interés en el sentido de las recomendaciones u operaciones que formulen o efectúen.

Diversificación de carteras

Veletta cuenta con una política de diversificación de cartera del cliente que tiene como objetivo el establecer los criterios a seguir referentes a la diversificación de las carteras de inversión de los clientes en relación con los perfiles de inversión, así como la determinación de los límites máximos a considerar al momento de la toma de decisiones de inversión por nombre y cuenta de terceros (Gestión de Inversiones) que se realicen. La diversificación de las cuentas de los Clientes, conforme a su perfil de inversión, será de acuerdo a los parámetros y lineamientos de diversificación, que se muestran en las siguientes tablas:

Tabla 1 – Límites Máximos de Inversión por Clase de Instrumentos Financieros

Límites Máximos de Inversión por Clase de Instrumentos Financieros

Tabla 2 – Límites Máximos por Diversificación

Límites Máximos por Diversificación